En esta sección encontrarás el listado de las preguntas frecuentemente formuladas por los ciudadanos.
¿Quién es el representante legal del Fondo?
El representante legal de la entidad es el director del Fondo.
¿Fogafín tiene oficinas o regionales a nivel nacional?
Las oficinas del Fondo únicamente están ubicadas en la Carrera 7 No. 35-40 de la ciudad de Bogotá.
¿De dónde provienen los recursos de Fogafín?
Los recursos utilizados por Fogafín para cubrir sus gastos administrativos, son asumidos con sus recursos propios, originados en las comisiones que se cobran a los distintos fondos que administra la entidad, y no provienen del Presupuesto General de la Nación.
¿Cómo funciona Fogafín?
La razón de ser del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras es proteger los ahorros del público y, con ello velar por la estabilidad del sector financiero. Dentro de las funciones de Fogafín se encuentra la de aplicar, de ser necesario, diferentes operaciones de apoyo a sus entidades inscritas para reducir o minimizar los efectos adversos de situaciones de crisis en el Sistema Financiero; administra el Seguro de Depósitos y lo paga a los ahorradores de una entidad inscrita en caso que la misma entre en liquidación; así mismo, realiza seguimiento a las entidades financieras en toma de posesión y en liquidación.
¿Por qué Fogafín está interesado en promover la educación financiera?
Fogafín protege, principalmente, a los usuarios menos sofisticados del Sistema Financiero. Es decir, a la gente “común y corriente”. Adicionalmente, una población educada en temas financieros, facilita la acción de las autoridades, que como FOGAFÍN, incorporan en su mandato la preservación de la estabilidad financiera.
¿Qué es la Red de Seguridad del Sistema Financiero colombiano y quiénes la conforman?
Arreglo institucional que agrupa las funciones de regulador, supervisor, prestamista de última instancia y asegurador de depósitos del sistema financiero, ya sea en cabeza de una única entidad, o bien de instituciones independientes que interactúan para garantizar la estabilidad y buen funcionamiento del sector.
Está conformada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Banco de la República, la Superintendencia Financiera de Colombia y Fogafín.
¿Qué es un mecanismo de resolución?
De acuerdo con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero -EOSF- existe un conjunto de mecanismos (Mecanismos de Resolución) que pueden ser utilizados por la Superintendencia Financiera de Colombia –SFC- para resolver establecimientos de crédito insolventes. El objetivo de este tipo de medidas es afianzar la estabilidad del sistema de pagos y minimizar las eventuales pérdidas de los depositantes de la entidad intervenida.
¿A qué entidades les hace seguimiento Fogafín?
El Fondo lleva a cabo el seguimiento de la actividad de los liquidadores tanto en las instituciones financieras objeto de liquidación forzosa administrativa dispuesta por la Superintendencia Financiera de Colombia, como de la liquidación de instituciones financieras que se desarrollen bajo cualquiera de las modalidades previstas en la legislación. Lo anterior, de conformidad con la facultad consagrada en el literal b) del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 40 de la Ley 1328 de 2009.
¿Cuál es el alcance del seguimiento que realiza la entidad?
El alcance del seguimiento tiene límites precisos previstos en las normas, sin que le esté dado realizar actividades que impliquen co-gestión o co- administración con el liquidador, los actos de éstos se realizan bajo su dirección y responsabilidad. En tal sentido, el Fondo en virtud de lo dispuesto por la ley, no puede adoptar decisiones, ni ejercer control de legalidad referente a los actos proferidos por los liquidadores, ni respecto de las actuaciones y en general, de todos los actos que en desarrollo del proceso liquidatorio se puedan o se deban realizar, respecto de los cuales cuentan con autonomía e independencia en lo concerniente a su labor liquidatoria.
¿Cuándo finaliza la facultad de seguimiento de Fogafín respecto a las entidades en liquidación?
Finaliza con la terminación de existencia legal de las entidades financieras en liquidación.
¿Cuáles son las entidades que se encuentran inscritas en Fogafín?
Las instituciones inscritas en el Seguro de Depósitos de Fogafín son: Bancos, Corporaciones Financieras, Compañías de Financiamiento, Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPES).
Encuentre sus nombres en el siguiente link:
/que-es-el-seguro-de-depositos/entidades-inscritas
Sobre el Seguro de Depósitos
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¿Qué es el Seguro de Depósitos?
Es el seguro que protege a los ahorradores colombianos frente a la eventual liquidación de una entidad inscrita en Fogafín y garantiza a los depositantes la recuperación de sus ahorros hasta por 50 millones de pesos.
¿Cuáles son los beneficios del Seguro de Depósitos?
El Seguro de Depósitos contribuye a generar estabilidad en el sector financiero y confianza entre los usuarios del sistema, toda vez que sus recursos están protegidos. Ante la liquidación de una institución inscrita, el Seguro de Depósitos ofrece una garantía a los ahorradores y depositantes en la medida en que restituye la totalidad o un porcentaje de sus ahorros.
¿Cómo se adquiere el Seguro de Depósitos?
El Seguro de Depósitos se adquiere de manera automática y no tiene ningún costo para el depositante. Los productos que se encuentran amparador con este seguro, son las cuentas de ahorro, las cuentas corrientes, los CDT, entre otros productos. Para mayor información la (lo) invitamos a consultar nuestra página web
www.fogafin.gov.co y en la sección de Seguro de Depósitos, podrá encontrar mayor información.
¿Cuánto le cuesta a los ahorradores tener el Seguro de Depósitos?
Al ahorrador no le cuesta nada.
¿Cuándo se hace efectivo el pago del Seguro de Depósitos?
El Seguro de Depósitos lo paga Fogafín en el caso en que una institución financiera inscrita sea objeto de liquidación.
¿Cuál es el límite que cubre el Seguro de Depósitos?
Actualmente, la cobertura máxima del seguro es de $50 millones de pesos por depositante, y aplica de forma independiente para cada institución financiera inscrita. Por ejemplo, si una persona tiene una suma menor o igual a $50 millones en una cuenta de ahorros y la institución en la que tiene ese dinero se liquida, el seguro le cubre la totalidad del saldo depositado. Es más, si tiene cuentas en distintas entidades inscritas, este seguro le cubre hasta $50 millones de pesos por entidad.
¿En cuántos días se paga el Seguro de Depósitos una vez la entidad haya entrado en liquidación?
De acuerdo con la Circular Externa 002 de 2020, el Fondo propenderá por pagar el Seguro de Depósitos dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la fecha de liquidación de la institución inscrita, de acuerdo con la información que suministre el Liquidador al Fondo.
El pago del Seguro de Depósitos será realizado por el Fondo a los depositantes mediante transferencia electrónica de fondos, cheque de gerencia o dinero en efectivo (hasta el monto autorizado).
¿Cómo pagan las entidades inscritas la prima del Seguro de Depósitos?
Los recursos que constituyen la reserva que administra Fogafín provienen del pago de una prima que deben asumir las entidades inscritas, correspondiente al 0,3% del total de los depósitos asegurados.
¿Qué tipo de productos se encuentran protegidos?
Los productos protegidos por el Seguro de Depósitos, son: Depósitos en cuenta corriente; Depósitos simples; Certificados de Depósito a Término (CDT); Depósitos de ahorro; Cuentas de ahorro especial; Bonos hipotecarios; Depósitos especiales; Servicios bancarios de recaudo; Depósitos de bajo monto y Depósitos ordinarios.
¿Qué tipo de productos no están amparados por el Seguro de Depósitos?
Los productos que no están amparados por el Seguro de Depósitos, son: Bonos obligatoriamente convertibles en acciones (BOCEAS); Bonos opcionalmente convertibles en acciones (BOCAS); intereses corrientes causados después de la intervención para liquidar la institución; productos fiduciarios; seguros; productos ofrecidos por las sociedades comisionistas de bolsa; cualquier otro producto adquirido en una entidad inscrita, que no esté listado en el numeral anterior; y/o cualquier producto adquirido en una entidad no inscrita en el Seguro de Depósitos.
Si un cliente tiene productos asegurados en distintas sucursales de la misma institución financiera, ¿éstas son cubiertas por el mismo seguro?
En este caso los productos sí se encuentran cubiertos, toda vez que el valor máximo asegurado por persona en una institución financiera es de 50 millones de pesos, independientemente del número de productos asegurados que tenga en las distintas sucursales de la misma institución.
Si un cliente tiene depósitos en más de una institución financiera, ¿las mismas se suman para efectos del límite asegurado?
En caso de tener productos asegurados en más de una institución financiera, los depositantes de diferentes instituciones inscritas deben presentar una reclamación por cada institución en la cual tengan depósitos. El valor máximo asegurado por persona en cada institución financiera es de 50 millones de pesos.
En caso de que el titular de uno de los productos protegidos sea un menor de edad, ¿le aplica el pago del Seguro de Depósitos?
Fogafín, paga el Seguro de Depósitos a personas naturales, ya sean menores de edad o mayores de edad.
Para el caso en particular de menores de edad, debe presentar la reclamación el padre o tutor, quien debe suministrar los siguientes documentos:
- Copia del registro civil de nacimiento del menor de edad expedido por la notaría
- Copia del documento de identificación del padre y/o madre que solicita el pago.
- En caso de ausencia permanente de los padres, se podrá presentar la persona designada para el efecto, evento en el cual se deberá presentar copia de la decisión judicial y/o administrativa junto con la copia de su documento de identificación.
Cuando el reclamante también es apoderado ¿qué proceso debe realizar?
Se deben diligenciar dos solicitudes de pago del Seguro de Depósitos, así:
- La primera como persona natural mayor de edad. Para lo cual allegará copia del documento de identidad como titular del depósito.
- La segunda solicitud de pago la realizará como apoderado, allegando los siguientes documentos: copia del documento de identidad del poderdante, copia del documento de identidad del apoderado, original del poder especial dirigido exclusivamente al Fondo, el cual deberá estar firmado por el poderdante y por el apoderado con la respectiva presentación personal ante notario; tratándose de poder general, copia de la escritura pública correspondiente, acompañada de una constancia de vigencia original expedida por el respectivo notario, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Cuando el reclamante reside en el extranjero ¿cómo debe ser presentado el poder?
- El poder deberá ser autenticado ante el Cónsul o la Embajada del Gobierno Colombiano correspondiente.
- Cuando el poder sea otorgado por autoridades de países extranjeros, será necesario que se aporte apostillado si proviene de un país parte de la Convención sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros suscrita en La Haya. En el evento en que el país extranjero no sea parte de dicho instrumento internacional, el mencionado documento deberá presentarse debidamente autenticado por el cónsul o agente diplomático de la República de Colombia en dicho país, y en su defecto por el de una nación amiga.
- Si el poder es otorgado en un idioma distinto al castellano o inglés, será necesaria su traducción oficial, a través de traductor oficial registrado en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Cuál es la naturaleza de las funciones del agente especial y del liquidador?
De acuerdo con el numerales 8 del artículo 291 y 1 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el agente especial y el liquidador ejercen funciones públicas transitorias, sin perjuicio de la aplicabilidad, cuando sea del caso, de las reglas del derecho privado a los actos que ejecuten en nombre de la entidad objeto de la toma de posesión.
¿Cómo postularse como agente liquidador de una entidad?
Si se encuentra interesado en postularse como Agente Especial y/o Liquidador de una entidad financiera, usted debe enviar su hoja de vida al correo electrónico
fogafin@fogafin.gov.co, manifestando su interés específico en hacer parte del listado de posibles candidatos para desempeñarse como tal.
Una vez recibida su hoja de vida, esta será sometida a una evaluación preliminar, mediante la cual se verificará, entre otros aspectos, el cumplimiento de los requisitos generales establecidos en el numeral 4 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
¿Qué debo hacer para el pago de títulos BOCEA provenientes del Banco Uconal?
- Ingrese al menú Atención al Ciudadano, seleccione la sección Pagos y ubique la opción Pago BOCEAS
- Haga clic en "Ingresar"
- En la ventana que aparece a continuación, digite su número de identificación y solicite el informe correspondiente.
- Una vez consultado el valor por reclamar en Fogafín, podrá ingresar al vínculo Requisitos Pago Remanentes Banco del Estado.
- Prepare los documentos que allí se relacionan y remítalos a la oficina de FOGAFIN ubicada en la Carrera 7 No. 35-40 de la ciudad de Bogotá.
- Su pago se realizará a los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que la documentación se encuentre debidamente diligenciada y con la totalidad de la documentación requerida.
¿Cómo logro el reconocimiento de mi acreencia por parte del liquidador?
Una vez intervenida para liquidación la institución financiera, el liquidador procede a emplazar en los términos establecidos en la ley a todas aquellas personas que tengan reclamaciones que presentar ante la entidad por todo concepto, incluyendo aquellas que serían objeto del pago del Seguro de Depósitos. Dentro del plazo establecido por el liquidador, el ahorrador o acreedor de la entidad en liquidación deberá presentar su reclamación con el fin de que ésta sea reconocida. Cuando se trate de derechos incorporados en títulos valores debe presentarse el original del título, junto con el formulario distribuido gratuitamente por parte de la entidad en liquidación.
¿Cómo puedo hacer el levantamiento de una hipoteca o administración anticrética del Banco Central Hipotecario BCH?
A partir del 26 de octubre 2009, usted deberá dirigirse a Central de Inversiones S.A. en adelante CISA, para efectos de adelantar el trámite para el levantamiento de gravámenes constituidos a favor del Banco Central Hipotecario (BCH) hoy extinto.
¿Cuál es la información general de las entidades en liquidación que están o estuvieron bajo seguimiento del Fondo?
Al respecto puede consultar la página Web del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, en la siguiente ruta: https://www.fogafin.gov.co/apps/ssl_foga/, en la cual podrá obtener información general de las entidades en proceso de liquidación o terminadas.
¿Cuándo finaliza la facultad de seguimiento de Fogafín respecto a las entidades en liquidación?
Finaliza con la terminación de existencia legal de las entidades financieras en liquidación.